Las plusvalías son impuestos a pagar al vender un piso o local.
Hay mucha gente que por no pagar una asesoría se encuentran con una notificación de hacienda correspondiente a la venta del piso, ya que creen que, lo único que hay que pagar es la plusvalía de los ayuntamientos, y se olvidan del IRPF.
La plusvalía o incremento del valor del terreno, se calcula en función de los años, y tomando como valor el importe que aparece en los recibos del IBI como valor del terreno.
Con la crisis de los últimos años, puede pasar que al vender el piso no se obtengan plusvalías, sino que se pierda dinero, pero la plusvalía del ayuntamiento hay que seguir pagándola, hasta que cambie la Ley, aunque se puede, pedir la devolución, nuestra asesoría puede tramitar dicha devolución.
Hay que tener en cuenta que también está la plusvalía ( IRPF) de Hacienda.
La venta de la vivienda hay que declararla en la declaración de la renta del mismo año de la venta, y los cálculos los hace hacienda, tomando el valor de venta (menos todos los gastos de la venta), menos el valor de compra (más todos los gastos de la compra) y se paga por la diferencia, si el piso es más antiguo del año 1994, hay un coeficiente corrector, por el que se disminuye el beneficio, y del beneficio que queda, se paga aproximadamente del 19,5 hasta el 23,5% (los primeros 6.000 euros, al 19,5%, de 6.000 a 50.000 euros, al 21,5% y las cantidades que superen los 50.000 euros, al 23,5. )
Hay excepciones, cuando la venta es el piso Habitual, están exentos los beneficios cuando se reinvierten en otra vivienda habitual, y estan exentos también los beneficios de la venta de la vivienda habitual, cuando los cónyuges tiene los dos más de 65 años, o personas con dependencia.
Nuestra asesoría Acg Asesores les asesora en todos los impuestos que hay que pagar.